Lo que debes saber en simple
Si llevas trabajando menos de un año y te despiden o renuncias, tienes derecho a recibir el pago de tus Vacaciones Proporcionales (Feriado Proporcional). Es dinero que corresponde a los días de descanso acumulados que no alcanzaste a tomarte. Se debe pagar SIEMPRE en el finiquito, sin importar la causal por la que te vayas o te echen, incluso si fue por una falta grave. Es irrenunciable.
El feriado proporcional se calcula en base al promedio de días corridos de descanso que el trabajador ha acumulado por mes de servicio (Fórmula de cálculo: 1.25 días por mes trabajado).
- El cálculo del Feriado Proporcional: Para determinar el monto, se deben sumar los días corridos de vacaciones acumuladas y multiplicarlo por el promedio diario de la última remuneración. Se deben incluir los sábados, domingos y festivos intermedios en el conteo de días para que sea legal.
- La regla de inembargabilidad: Este pago tiene el mismo privilegio que el sueldo y es inembargable (salvo por deudas de alimentos). Si no aparece en tu finiquito bajo un ítem claro, te están robando dinero.
¿Ya revisaste tu finiquito final? Asegúrate de que el ítem de ‘Vacaciones Proporcionales’ o ‘Feriado Proporcional’ esté incluido y bien calculado.
